|
· ¿Qué es el Registro de Bienes Muebles? · ¿Qué secciones integran el Registro de Bienes Muebles? · ¿Cómo se organiza el Registro de Bienes Muebles? · ¿Cómo se determina la competencia territorial? · ¿Qué se inscribe en el Registro de Bienes Muebles? · ¿Qué no se puede inscribir en el Registro de Bienes Muebles? · ¿El Registro de Bienes Muebles es un Registro público? · ¿Cuáles son los medios de publicidad en el Registro de Bienes Muebles? |
||||
¿Qué es el Registro de Bienes Muebles? |
índice |
|||
El Registro de Bienes Muebles es un Registro jurídico llevado por los Registradores de la Propiedad y Mercantiles bajo la dependencia del Ministerio de Justicia y que tiene por objeto la publicidad de las titularidades y gravámenes derivados de actos y contratos relativos a bienes muebles, así como de condiciones generales de la contratación. |
||||
¿Qué secciones integran el Registro de Bienes Muebles? |
índice |
|||
El Registro de Bienes Muebles está integrado por las siguientes seis secciones: |
||||
¿Cómo se organiza el Registro de Bienes Muebles? |
índice |
|||
El Registro de Bienes Muebles se organiza en base a un Registro Central y Registros Provinciales. El Registro de Bienes Muebles Central tiene su sede en Madrid está a cargo de dos Registradores en régimen de división personal y se encarga de la coordinación de los Registros Provinciales. Dentro de los Registros Provinciales es necesario distinguir la sección primera, que radica donde estuvieren demarcados los antiguos Registros de Buques y Aeronaves, y las secciones segunda a sexta, que radican en los Registros Mercantiles de cada provincia (además de en Ceuta, Melilla y los Registros insulares). |
||||
¿Cómo se determina la competencia territorial? |
índice |
|||
La Ordenanza del Registro de Venta a Plazos de Bienes Muebles de 19 de julio de 1999 en su Disposición Transitoria cuarta dispone que el Registro de Bienes Muebles se ajustará a las siguientes reglas de competencia: Además de estas normas hay que tener en cuenta el artículo 9 de la Ordenanza para los casos que no puedan encuadrarse en las reglas anteriores. Así: Por último, según determina el artículo 4 del Reglamento del Registro de Condiciones Generales de la Contratación, las condiciones generales de los contratos, y los mandamientos y ejecutorias relativas a resoluciones judiciales se inscribirán en el Registro correspondiente al domicilio social o profesional del predisponente, o en su defecto al del establecimiento principal desde donde dirija y gestione fundamentalmente sus negocios. |
||||
¿Qué se inscribe en el Registro de Bienes Muebles? |
índice |
|||
El Registro de Bienes Muebles es el resultado de la integración de diversos Registros que ya existían como eran los de Buques y Aeronaves, el de Hipoteca Mobiliaria y Prenda sin Desplazamiento o el Registro de Venta a Plazos y de alguno nuevo creado como el de Condiciones Generales de la Contratación. Consecuencia de esto se inscriben en el Registro de Bienes Muebles: |
||||
¿Qué no se puede inscribir en el Registro de Bienes Muebles? |
índice |
|||
No son inscribibles los precontratos o los actos preparatorios de otros inscribibles. Tampoco cabe la inscripción de los actos o contratos sobre bienes no identificables. A estos efectos se considerarán bienes identificables todos aquellos en los que conste impresa la marca, modelo en su caso, y número de serie o fabricación de forma indeleble o inseparable en una o varias de sus partes fundamentales o que tengan alguna característica distintiva que excluya razonablemente su confusión con otros bienes. Tratándose de automóviles, camiones u otros vehículos susceptibles de matrícula, su identificación registral se efectuará por medio de aquélla o del número de chasis. |
||||
¿El Registro de Bienes Muebles es un Registro público? |
índice |
|||
El Registro de Bienes Muebles es un Registro público para todo el que tenga interés legítimo en conocer su contenido. Se presume que tienen interés las personas o entidades que desempeñen una actividad profesional o empresarial relacionada con el tráfico jurídico de bienes muebles, tales como entidades financieras, abogados, procuradores, graduados sociales, auditores de cuentas, gestores administrativos y demás profesionales que desempeñen actividades similares, así como las entidades y organismos públicos y los detectives, siempre que expresen la causa de la consulta y esta sea acorde con la finalidad del Registro. Asimismo se presume que tienen interés quiénes sean parte en el contrato del cual nació el derecho inscrito. |
||||
¿Cuáles son los medios de publicidad en el Registro de Bienes Muebles? |
índice |
|||
La publicidad en el Registro de Bienes Muebles se llevará a efecto por medio de certificación o nota informativa. La certificación podrá ser literal o en extracto. La certificación literal solo se expedirá instancia de autoridad judicial o administrativa o de quien justifique interés en la obtención de la totalidad de los datos registrados. El único medio de acreditar en perjuicio de tercero los derechos y garantías inscritos es mediante la certificación. |
||||
REGISTRADORES DE ESPAÑA
Diego de León, 21. 28006 Madrid
91 270 16 99