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¿Qué secciones integran el Registro de Bienes Muebles y qué se inscribe en ellas?

El Registro de Bienes Muebles está integrado por las siguientes secciones, clasificadas por razón del objeto:

  1. Sección de Buques y Aeronaves: Aquí se inscriben las hipotecas navales, compraventas, leasing y cualesquiera contratos, anotaciones de embargo y demás gravámenes sobre buques y aeronaves.
  2. Sección de Automóviles y otros Vehículos de Motor: Es la Sección donde se inscriben los contratos de ventas a plazos, arrendamientos financieros (leasing), otros tipos de arrendamientos (como el renting) y cualesquiera contratos, anotaciones de embargo, demanda, o prohibición de disponer, y demás anotaciones preventivas o gravámenes sobre automóviles y vehículos de motor.
  3. Sección de Maquinaria Industrial, establecimientos mercantiles y Bienes de equipo: donde se inscriben las hipotecas mobiliarias sobre maquinaria industrial o establecimientos mercantiles, así como las anotaciones de embargo y otros gravámenes sobre tales bienes.
  4. Sección de garantías reales: En ella se inscriben las hipotecas mobiliarias y prendas sin desplazamiento sobre derechos de propiedad industrial e intelectual.
  5. Sección de otros bienes muebles registrables: Se incluyen los contratos y los gravámenes sobre otros bienes, como títulos de valores nominativos, participaciones sociales, licencias de pesca u otros de carácter administrativo susceptibles de transmisión.
  6. Sección del Registro de Condiciones Generales: En ésta se depositan las condiciones generales y se inscriben las sentencias judiciales que les afectan.

Dentro de cada una de las secciones que lo integran se aplicará la normativa específica reguladora de los actos o derechos inscribibles que afecten a los bienes, o a la correspondiente a las condiciones generales de la contratación.