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Debido a la anulación de los artículos del RD 1312/2024 de 23 de Diciembre relativos al procedimiento para la concesión de los NRUA por vulneración de competencias atribuidas a las CCAA por la STS 620/26 de 19 de mayo, ha quedado suprimido el servicio de obtención de los mismos. Puede ver la sentencia del Tribunal Supremo en el siguiente enlace.
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Los Registradores han emitido hasta ahora la cifra de 350.000 Números de registro único de alquiler de corta duración
Los Registradores han emitido hasta ahora la cifra de 350.000 Números de registro único de alquiler de corta duración
Los Registradores han superado la cifra de 350.000 Números de registro único de alquiler de corta duración emitidos en nuestro país y comunicados en tiempo real a la Ventanilla Única Digital.
Dicho esfuerzo ha sido reconocido por la Comisión en materia de vivienda del Parlamento Europeo que en su reciente informe de 1 de Octubre de 2025 sobre alquiler de corta duración señala expresamente:
Los Estados miembros están preparando actualmente la legislación nacional de implementación relevante, el sistema de registro y el Punto de Entrada Digital Único (SDEP) que se requieren a partir del 20 de mayo de 2026. España ha sido el primer país en implementar un esquema de registro conforme mediante el Real Decreto 1312/2024. La exhibición del número de registro se volvió obligatoria el 1 de julio de 2025, mientras que el proceso de registro STR, gestionado por el Registro de la Propiedad, comenzó el 2 de enero de 2025."





