Firma Electrónica

El Colegio de Registradores es prestador de servicios de confianza cualificado, conforme a lo establecido por el REGLAMENTO (UE) 910/2014 DEL PARLAMENTO EUROPEO Y DEL CONSEJO de 23 de julio de 2014. (EIDAS)
 

Con la finalidad de ofrecer los mecanismos y sistemas necesarios para garantizar la seguridad de las comunicaciones telemáticas en las que intervengan los Registradores, las Administraciones Publicas, los profesionales que se relacionan con los Registros y los ciudadanos en general.

Los Certificados Digitales emitidos por el Colegio de Registradores (CORPME) acreditan la identidad de su titular y, en su caso, los atributos de los que éste actúa revestido, esto es: representación de persona jurídica, cargo administrativo o condición de profesional colegiado, y tienen como finalidad principal la firma de documentos, garantizando la identificación inequívoca del firmante, el no repudio de origen y la integridad del contenido.

El Colegio de Registradores pone a disposición de los titulares de los certificados del Colegio soluciones de Firma Electrónica Cualificada, al cumplir con todos los requisitos legales necesarios para la emisión de certificados cualificados, basándose todas las soluciones de firma electrónica avanzada en la utilización de dispositivos seguros de creación de firma.

El Colegio de Registradores pone a disposición de los usuarios de sus certificados digitales el teléfono de soporte técnico: 902 73 43 75 / 91 270 17 96, donde obtener instrucciones para la instalación del dispositivo USB y los certificados raíz del servicio y el personal en el navegador.

Enlace a la normativa PKIVentana nueva

Tipos de certificados

Además de Certificados Digitales de Registrador, correspondientes a la CA interna del Colegio de Registradores, el Prestador de Servicios de Certificación del Colegio de Registradores emite las siguientes clases de certificados digitales de la clave externa:

  • Certificados Personales
  • Certificados de Representante
  • Certificados Profesionales
  • Certificados de cargo AA.PP

Obtención de Certificado

Petición de Cita Previa en la AgendaVentana nueva:

  • Formulario de Alta en línea.
  • Verificación de Identidad y atributos del signatario en una sola comparecencia ante el Registrador Mercantil.
  • Posibilidad de obtener el Dispositivo de creación de firma en el propio Registro Mercantil.

Normativa aplicable

Reglamento 910/2014 Ventana nueva

Ley de firma electrónicaVentana nueva

 

¿Qué garantiza?

  • Autoría
  • En cuanto autentica al autor del documento electrónico.
  • Integridad
  • Asegurando el contenido del documento electrónico, garantizando que el mismo no ha sido manipulado en modo alguno.
  • Confidencialidad
  • Ya que sólo el destinatario del documento electrónico podrá conocer su contenido.
  • No Repudio
  • En cuanto que el firmante del documento electrónico no puede negar su autoría.