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¿Qué tipo de documentos acceden al Registro?

De forma general acceden los documentos públicos, tanto notariales y judiciales como administrativos y solo en casos previstos en la normativa vigente, podrán acceder documentos privados, como por ejemplo, distribución de responsabilidades hipotecaria entre varias fincas, adjudicaciones hereditarias de heredero único, cancelación de usufructo, de condición resolutoria…