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Registros de la Propiedad en la localidad de Barcelona
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Registro de la Propiedad de Barcelona Nº 01
Paseo de la Zona Franca, 109-Edif. Torre Marina -
Registro de la Propiedad de Barcelona Nº 02
Paseo de la Zona Franca, 109-Edif. Torre Marina -
Registro de la Propiedad de Barcelona Nº 03
Paseo de la Zona Franca, 109-Edif. Torre Marina -
Registro de la Propiedad de Barcelona Nº 04
Paseo de la Zona Franca, 109-Edif. Torre Marina -
Registro de la Propiedad de Barcelona Nº 05
Paseo de la Zona Franca, 109-Edif. Torre Marina -
Registro de la Propiedad de Barcelona Nº 06
Paseo de la Zona Franca, 109-Edif. Torre Marina -
Registro de la Propiedad de Barcelona Nº 07
Paseo de la Zona Franca, 109-Edif. Torre Marina -
Registro de la Propiedad de Barcelona Nº 08
Paseo de la Zona Franca, 109-Edif. Torre Marina -
Registro de la Propiedad de Barcelona Nº 10
Paseo de la Zona Franca, 109-Edif. Torre Marina -
Registro de la Propiedad de Barcelona Nº 11
Paseo de la Zona Franca, 109-Edif. Torre Marina -
Registro de la Propiedad de Barcelona Nº 12
Paseo de la Zona Franca, 109-Edif. Torre Marina -
Registro de la Propiedad de Barcelona Nº 13
Paseo de la Zona Franca, 109-Edif. Torre Marina -
Registro de la Propiedad de Barcelona Nº 14
Paseo de la Zona Franca, 109-Edif. Torre Marina -
Registro de la Propiedad de Barcelona Nº 15
Paseo de la Zona Franca, 109-Edif. Torre Marina -
Registro de la Propiedad de Barcelona Nº 16
Paseo de la Zona Franca, 109-Edif. Torre Marina -
Registro de la Propiedad de Barcelona Nº 17
Paseo de la Zona Franca, 109-Edif. Torre Marina -
Registro de la Propiedad de Barcelona Nº 18
Paseo de la Zona Franca, 109-Edif. Torre Marina -
Registro de la Propiedad de Barcelona Nº 19
Paseo de la Zona Franca, 109-Edif. Torre Marina -
Registro de la Propiedad de Barcelona Nº 20
Paseo de la Zona Franca, 109-Edif. Torre Marina -
Registro de la Propiedad de Barcelona Nº 21
Paseo de la Zona Franca, 109-Edif. Torre Marina -
Registro de la Propiedad de Barcelona Nº 22
Paseo de la Zona Franca, 109-Edif. Torre Marina -
Registro de la Propiedad de Barcelona Nº 23
Paseo de la Zona Franca, 109-Edif. Torre Marina -
Registro de la Propiedad de Barcelona Nº 24
Paseo de la Zona Franca, 109-Edif. Torre Marina -
Registro de la Propiedad de Barcelona Nº 25
Paseo de la Zona Franca, 109-Edif. Torre Marina -
Registro de la Propiedad de Barcelona Nº 26
Paseo de la Zona Franca, 109-Edif. Torre Marina -
Registro de la Propiedad de Barcelona Nº 27
Paseo de la Zona Franca, 109-Edif. Torre Marina -
Registro de la Propiedad de Barcelona Nº 30
Paseo de la Zona Franca, 109-Edif. Torre Marina
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Preguntas frecuentes
Solicitar una nota simple al Registro de la Propiedad puede hacerse desde esta plataforma al coste oficial de 9,02 € más IVA y disponer de ella en un plazo medio inferior a dos horas.
Existen dos instrumentos de publicidad: la nota simple y la certificación. Las peticiones de publicidad pueden realizarse bien personándose en el Registro de la propiedad bien a través de la página web del Colegio de Registradores www.registradores.org
Ambas deben contener, en general, la descripción de la finca, la titularidad y las posibles cargas. La primera tiene valor meramente informativo. La certificación es el único medio de acreditar fehacientemente el contenido del Registro y, al tratarse de documento público, va firmada por el Registrador.
La cancelación es la operación jurídica necesaria para hacer desaparecer una hipoteca de la finca de nuestra propiedad, una vez extinguida la obligación que se garantizaba con ella, lo que puede deberse bien al pago completo del préstamo, bien a la adjudicación de la finca en subasta. Esto es así porque la extinción de la deuda no produce por sí sola la desaparición de la carga en el Registro.
Para practicarla, es necesario presentar en el registro la escritura de cancelación y la documentación que acredite la presentación a liquidación del impuesto de transmisiones patrimoniales y actos jurídicos documentados, en su caso.
La cancelación de la hipoteca no es obligatoria. El propietario de la finca que ha pagado la deuda puede elegir solicitar la cancelación en el Registro o dejar la finca como está.
No siendo obligatoria, sin embargo es conveniente.
Primero porque deja la propiedad libre de esa carga, posibilitando contratar una nueva hipoteca si así se desea.
Segundo, porque el valor de una finca libre de cargas, a efectos de la solvencia patrimonial de un propietario, es mayor que el de una finca hipotecada, lo cual facilita cualquier tipo de operación financiera que quisiera realizarse.
Y por último, si se desea vender el inmueble, el comprador exigirá que se encuentre libre de la hipoteca y de otras cargas que puedan perjudicar o disminuir su valor o su derecho.
La cancelación de hipoteca conlleva el pago de los aranceles notariales por la escritura pública (que es preceptiva, y en la que debe comparecer no el deudor sino la entidad acreedora) y los aranceles registrales por su inscripción. Si interviene algún gestor en la tramitación, sus honorarios profesionales aumentarán el coste de la operación.